Ya está en vigor el Real Decreto 138/2011, de 4 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad para instalaciones frigorÃficas y sus instrucciones técnicas complementarias y que viene a derogar, entre otros, el Real Decreto 3099/1977 que regulaba la Seguridad para Plantas e Instalaciones FrigorÃficas.
El nuevo Reglamento para Instalaciones FrigorÃficas RD 138/2011 establece las condiciones que deben cumplir las instalaciones frigorÃficas para garantizar la seguridad de las personas y los bienes, asà como la protección del medio ambiente. El Real Decreto acota, además, el ámbito de aplicación del Reglamento, adaptando la regulación existente al progreso técnico y a los Reglamentos y derechos de la Unión Europea.
El Reglamento de instalaciones frigorÃficas y sus Instrucciones Técnicas Complementarias, afecta, entre otros a las instalaciones fijas de almacenes frigorÃficos, las fábricas de hielo y las plantas de congelación o enfriamiento de productos varios.
GuÃa Técnica de aplicación del Reglamento de Seguridad para Instalaciones FrigorÃficas y sus Instrucciones Técnicas complementarias (pdf)
Quedan fuera del ámbito de aplicación del reglamento las instalaciones que ya tienen una regulación especÃfica, como las instalaciones frigorÃficas de medios de transporte aéreo, las instalaciones de climatización de edificios y sistemas de refrigeración compactos.
Este nuevo Real Decreto está formado por un artÃculo único, que aprueba el Reglamento de seguridad para instrucciones frigorÃficas, y diecinueve Instrucciones Técnicas complementarias para regular aspectos relacionados con los sistemas frigorÃficos como la clasificación de los refrigerantes, los sistemas de refrigeración, el diseño y construcción de materiales y aislamientos, los ensayos, pruebas y revisiones previas a la puesta en servicio o los profesionales y empresas habilitadas para llevar a cabo esta actividad.
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