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Normas sanitarias de Torres de Refrigeración

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Se deberá garantizar la inhibición de bacterias susceptibles de ser transmitidas al exterior:

1.- Los equipos estarán provistos de, al menos, un dispositivo para tomar muestras del agua de recirculación, colocado en lugar accesible y de fácil apertura y manipulación.

2.- Las torres de refrigeración y condensadores evaporativos estarán alejados de ventanas y tomas de aire del sistema de acondicionamiento de aire.

3.- El agua del circuito de refrigeración estará desinfectada.

4.- Se mantendrá la calidad del agua del sistema evitando los fenómenos de incrustación y corrosión, utilizando los sistemas de filtración, renovación y purga "en continuo", así como las sustancias químicas desincrustantes compatibles con el desinfectante.

5.- Cada tres meses, se realizará en examen físico-químico, y un análisis microbiológico que incluya "Legionella ".

6.- Se utilizarán desinfectantes aprobados para su uso ambiental por el Ministerio de Sanidad y Consumo.

Si se utiliza cloro, se mantendrá un nivel mínimo constante de 2 ppm. de cloro libre residual, estando el PH entre 7 y 8.

Se hará un control de desinfectante "en continuo".

Se medirá la conductividad en salida, no pudiendo superar en más de 5 veces la del agua de la red.

7.- Las descargas de agua con desinfectante al sistema de saneamiento se harán con arreglo a las condiciones y autorizaciones del vertido establecidas por el Consorcio de Aguas, procediendo a la neutralización previa de los vertidos.

8.- Existirá un registro documental comprobable, "Libro de Registro", que recoja los datos de los análisis, limpiezas y desinfecciones efectuadas: fechas, empresa, productos, resultados analíticos completos...

enlaceVer Normativas oficiales para instalaciones de climatización


 

 

 
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