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Instalaciones de riesgo

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Instalaciones de riesgo para la legionellaEl Real Decreto 865/2003 divide las instalaciones de riesgo en dos grupos según su mayor o menor probabilidad de proliferación y dispersión de Legionella:

 

Instalaciones con mayor probabilidad de proliferación y dispersión de Legionella

 

  • Torres de refrigeración y condensadores evaporativos

  • Sistemas de agua caliente sanitaria con acumulador y circuito de retorno

  • Sistemas de agua caliente climatizada con agitación constante y recirculación a través de chorros de alta velocidad o la inyección de aire (spas, jakuzzis, piscinas, vasos o bañeras terapéuticas, bañeras de hidromasaje, tratamientos con chorros a presión, otras)

  • Centrales humidificadoras industriales

 

Instalaciones con menor probabilidad de proliferación y dispersión de Legionella

 

  • Sistemas de instalación interior de agua fría de consumo humano (tuberías, depósitos, aljibes), cisternas o depósitos móviles y agua caliente sanitaria sin circuito de retorno.

  • Equipos de enfriamiento evaporativo que pulvericen agua, no incluidos en el apartado anterior

  • Humidificadores

  • Fuentes ornamentales

  • Sistemas de riego por aspersión en el medio urbano

  • Sistemas de agua contra incendios

  • Elementos de refrigeración por aerosolización, al aire libre

  • Otros aparatos que acumulen agua y puedan producir aerosoles

 

Las instalaciones de riesgo consideradas por el Decreto 173/2000 están incluidas en el listado anterior, y son las siguientes:

 

  • Torres de refrigeración

  • Condensadores evaporativos

  • Aparatos de enfriamiento evaporativo

  • Humidificadores

 

 


 

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Indoor Air Quality  

 
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