Nota aclaratoria sobre la aplicación del RD 238/2013 de 5 de abril que modifica el RITE
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Para aquellas instalaciones térmicas de edificios en ejecución en el momento de entrada en vigor del citado Real Decreto.
La disposición final segunda del Real Decreto 238/2013, de 5 de abril, por el que se modifican determinados artículos e instrucciones técnicas del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, establece que el citado real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».




La incorporación de las torres de enfriamiento y condensadores evaporativos en los sistemas de climatización utilizados en el sector de la edificación, ya se trate de edificios industriales, centros comerciales o edificios residenciales, constituye una alternativa a tener muy en cuenta, en la medida que garantizan el ahorro energético así como el respeto del medioambiente.
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