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La Arquitectura española teme un “colapso” en la homologación de títulos extranjeros si sale adelante el nuevo Real Decreto

El Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) y la Conferencia de Escuelas de Arquitectura de España (CEAE) han mostrado su preocupación ante el Proyecto de Real Decreto sobre reconocimiento y verificación de titulaciones universitarias extranjeras al considerar que puede “debilitar los mecanismos de control” y deteriorar los estándares que exige el ejercicio de una profesión regulada directamente vinculada con la seguridad, la salud y la calidad de vida de las personas.

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Las organizaciones advierten de que la futura norma podría facilitar homologaciones sin una evaluación técnica suficiente en una profesión regulada, directamente vinculada con la seguridad estructural, la habitabilidad y la protección frente a incendios.

“Ejercer la Arquitectura implica una enorme responsabilidad, ya que su ejercicio tiene un impacto directo sobre la seguridad estructural de los edificios, su habitabilidad, protección frente a incendios, el entorno construido y, por tanto, el interés general”, reza un comunicado enviado por el CSCAE. Por esta razón, la normativa vigente -grado y máster habilitante-, y de forma progresiva desde el primer curso, exige una formación rigurosa en áreas críticas, como el cálculo de estructuras, instalaciones y la edificación. “Estos aspectos diferencian claramente las atribuciones profesionales de los/as arquitectos/as en España respecto a otros y constituyen la garantía principal para la protección de las personas”.

Según dicho comunicado, “la atracción de talento internacional es un valor incuestionable. De hecho, en la actualidad, existe un gran número de arquitectos/as colegiados/as con titulaciones extranjeras, plenamente habilitados/as para el ejercicio profesional, después de que sus títulos hayan superado el correspondiente proceso de evaluación y verificación de conocimientos y competencias, de acuerdo con lo establecido en la normativa”.

Lo que resulta contraproducente e inadmisible es debilitar y desmantelar un sistema de control que protege el interés general, porque no se trata de una mera cuestión de verificación documental, sino de la necesidad ineludible de evaluar la aptitud profesional real. Según el CSCAE, habilitar “sin la precisa supervisión a personas que carecen de los conocimientos técnicos y estructurales y, por ende, permitir la proyección y construcción de edificaciones sin las garantías necesarias supone un riesgo inasumible que afecta, de forma directa y crítica, a la seguridad y la vida de las personas”.

El contundente comunicado continua: "Esto es lo que ocurrirá con el actual proyecto de RD, que, además, penaliza injustamente, por un lado, a los egresados de las universidades españolas, que han recibido una formación exigente, acorde con las atribuciones que requiere la práctica profesional en España, y, por otro, a aquellos profesionales con titulaciones extracomunitarias que, en el pasado, cumplieron rigurosamente con la ley, cursando y superando los requisitos formativos complementarios que exigía la homologación de sus títulos.

A este agravio se suma una flagrante falta de reciprocidad internacional. En la mayoría de los países, los/as arquitectos/as titulados en España no obtienen una habilitación automática para ejercer. Deben superar exámenes, procesos de acreditación o pruebas específicas de aptitud profesional. Por ello, resulta incomprensible que España otorgue homologaciones directas cuando, en la mayoría de los casos, las titulaciones extranjeras no cumplen los requisitos mínimos para ejercer en su país de procedencia, dándose el caso de titulaciones que no otorgan ninguna habilitación profesional en su propio territorio.

Ante la complejidad y la diversidad del contenido curricular y competencias de las titulaciones extracomunitarias, el CSCAE y la Conferencia de Escuelas de Arquitectura de España consideran fundamental que el reconocimiento se sustente en un sistema de verificación transparente, objetivo y técnicamente fiable que incluya la evaluación real de los conocimientos mínimos y aptitud profesional necesarios por un órgano con composición académica y profesional. Solo así podrá garantizarse que quienes acceden al ejercicio profesional de la Arquitectura en España, con independencia de su procedencia, cuentan, de hecho, y para la tranquilidad de la sociedad/con plena confianza de la ciudadanía, con la capacitación y las atribuciones necesarias para asumir las responsabilidades que exige la práctica profesional, evitando agravios comparativos y protegiendo, por encima de todo, la seguridad y la salud de las personas".

 

Modificado por última vez enMartes, 19 Mayo 2026 13:09

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