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Revisión del REBT: el diferencial Tipo AC podría dejar de instalarse y el Tipo A sería el mínimo

La revisión del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT) prepara un cambio importante en materia de protección eléctrica. El proyecto de modificación de la ITC-BT-17 contempla dejar atrás los interruptores diferenciales Tipo AC y establecer el Tipo A como protección mínima para los usos contemplados por la nueva redacción, sin perjuicio de que determinados equipos o circuitos requieran diferenciales Tipo F o Tipo B.

El cambio todavía no está en vigor y queda pendiente de la aprobación y publicación definitiva del nuevo texto en el BOE. El proyecto establece, además, un periodo transitorio de dos años para cesar la instalación de diferenciales Tipo AC.

diferencial AC reglamentoimagen generada con IA

¿Por qué se plantea este cambio?

La respuesta está en cómo ha cambiado la instalación eléctrica de viviendas y edificios.

Autoconsumo fotovoltaico, cargadores de vehículo eléctrico, iluminación LED, bombas de calor, electrodomésticos con electrónica de potencia o variadores de frecuencia forman ya parte habitual de muchas instalaciones.

Estos equipos pueden generar corrientes de defecto con características distintas de las corrientes alternas sinusoidales para las que está diseñado un diferencial Tipo AC. En particular, el Tipo AC no está diseñado para detectar corrientes diferenciales continuas pulsantes.

El diferencial Tipo A detecta, además de corrientes diferenciales alternas sinusoidales, corrientes continuas pulsantes que pueden aparecer en equipos electrónicos con rectificadores y otros componentes de electrónica de potencia. Caloryfrio explica con más detalle las diferencias entre los tipos de interruptores diferenciales.

Por este motivo, la revisión del REBT plantea avanzar hacia el Tipo A como referencia mínima, mientras que los diferenciales Tipo F o Tipo B deberán utilizarse cuando las características de las cargas y las correspondientes ITC así lo requieran.

Dos años para dejar atrás el Tipo AC

Uno de los puntos relevantes del proyecto es el periodo transitorio previsto.

La documentación oficial de la tramitación establece un plazo de dos años para cesar la instalación de interruptores diferenciales Tipo AC.

Hasta que la modificación del REBT se apruebe y publique definitivamente en el BOE, continúa siendo de aplicación el reglamento vigente. Conviene, por tanto, diferenciar entre los requisitos actuales y los cambios que plantea el texto en tramitación.

Para consultar el marco actualmente aplicable puede revisarse el contenido de Caloryfrio sobre el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y sus ITC.

No es un cambio aislado

La revisión del REBT va mucho más allá de los diferenciales.

El proyecto introduce modificaciones en numerosas Instrucciones Técnicas Complementarias, entre ellas la ITC-BT-23 sobre protección contra sobretensiones y la ITC-BT-40 relativa a instalaciones generadoras, y contempla una nueva ITC-BT-53 dedicada a instalaciones de sistemas en corriente continua.

En materia de protección eléctrica, las sobretensiones adquieren igualmente mayor protagonismo a medida que aumenta el número de equipos electrónicos conectados. Caloryfrio ha analizado también distintas soluciones de protección frente a sobretensiones en instalaciones residenciales, terciarias e industriales.

El autoconsumo es otra de las materias directamente relacionadas con la actualización reglamentaria. Puede ampliarse información en la guía de Caloryfrio sobre autoconsumo solar en comunidades de propietarios.

El escenario que dibuja la futura reglamentación apunta a instalaciones eléctricas con una presencia creciente de autoconsumo, movilidad eléctrica, climatización electrificada y electrónica de potencia. La selección de los dispositivos de protección tendrá que responder cada vez más al comportamiento real de las cargas conectadas y a los tipos de corriente de defecto que puedan producirse.

Modificado por última vez enJueves, 24 Septiembre 2026 09:55

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