Logotipo Caloryfrio
Menu

Revisión de caldera obligatoria ¿Cada cuánto hay que revisar? La norma cambia según el equipo y el uso

La llegada de los meses fríos vuelve a poner en marcha millones de calderas y, con ella, una duda que sigue generando bastante confusión: ¿cada cuánto es obligatorio revisar una caldera de gas? Aunque se suele dar por hecho que hay que hacerlo cada dos años, el RITE establece plazos diferentes según el tipo de aparato, su potencia y el uso del edificio. Además, la revisión de la caldera no debe confundirse con la inspección de la instalación de gas, que tiene su propia periodicidad. Repasamos qué exige realmente la normativa vigente y quién puede realizar cada revisión.

Técnico habilitado realizando la revisión obligatoria de una caldera de gas mural

Cada cuánto es obligatoria la revisión de la caldera de gas

La revisión de la caldera de gas es obligatoria en España y su incumplimiento es responsabilidad del titular de la instalación. Ahora bien, la idea más extendida —"la caldera se revisa cada dos años"— es solo parcialmente cierta: el plazo depende del tipo de aparato, de su potencia y del uso del edificio, y no es el mismo en una vivienda que en un local comercial.

A esto se añade una confusión muy frecuente: la revisión de la caldera y la inspección de la instalación de gas son dos obligaciones distintas, con normas distintas, plazos distintos y responsables distintos.

El mantenimiento de las instalaciones térmicas lo regula el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), aprobado por el Real Decreto 1027/2007 y modificado por el Real Decreto 178/2021, de 23 de marzo, en vigor desde el 1 de julio de 2021. Su instrucción técnica IT 3.3 fija las periodicidades mínimas en la tabla 3.1:

Equipo y potencia útil nominal (Pn)ViviendasResto de usos
Calentador de ACS a gas, Pn ≤ 24,4 kW 5 años 2 años
Calentador de ACS a gas, 24,4 kW < Pn ≤ 70 kW 2 años Anual
Caldera mural a gas, Pn ≤ 70 kW 2 años Anual
Resto de instalaciones de calefacción, Pn ≤ 70 kW Anual Anual
Aire acondicionado, Pn ≤ 12 kW 4 años 2 años
Aire acondicionado, 12 kW < Pn ≤ 70 kW 2 años Anual
Bomba de calor para ACS, Pn ≤ 12 kW 4 años 2 años
Bomba de calor para ACS, 12 kW < Pn ≤ 70 kW 2 años Anual
Instalaciones de potencia superior a 70 kW Mensual Mensual

Fuente: tabla 3.1 de la IT 3.3 del RITE, en la redacción dada por el RD 178/2021.

En esta tabla, vemos tres asuntos que habría que matizar: 

La revisión bianual es para calderas murales a gas en vivienda. Esa es la fila que cubre a la inmensa mayoría del parque doméstico, y de ahí procede la regla popular de los dos años. Si la misma caldera está en un local comercial, una oficina o un establecimiento hostelero, la periodicidad pasa a ser anual.

No toda caldera doméstica es mural. Una caldera de pie, o una caldera que no utilice gas —gasóleo, biomasa—, entra en la fila "resto de instalaciones de calefacción de hasta 70 kW", cuya periodicidad es anual también en vivienda. Es el motivo por el que las calderas de gasóleo se revisan cada año.

Los calentadores no van todos a cinco años. El plazo de cinco años solo alcanza a los calentadores de ACS a gas de hasta 24,4 kW instalados en vivienda. A partir de esa potencia el plazo baja a dos años, y fuera del uso residencial se reduce a dos años y a uno respectivamente.

Los plazos de la tabla son mínimos, no objetivos

La IT 3.3 establece que las periodicidades "serán al menos" las indicadas y que "en todos los casos se tendrán en cuenta las especificaciones de los fabricantes de los equipos". Es decir: la tabla marca un suelo reglamentario, y el "Manual de uso y mantenimiento" del equipo puede exigir una frecuencia mayor. Muchos fabricantes recomiendan revisión anual aunque el RITE permita el bienio, y con razón: alarga la vida útil del aparato, sostiene el rendimiento y reduce averías en plena temporada.

La norma contempla también el movimiento contrario. En instalaciones de hasta 70 kW con supervisión remota en continuo, la periodicidad puede ampliarse hasta dos años siempre que queden garantizadas las condiciones de seguridad y eficiencia energética.

Si necesitas mantenimiento para tu caldera, consulta a los expertos de:
Logo Junkers Bosch, servicio oficial de mantenimiento de calderas

Revisión de la caldera e inspección del gas: no son lo mismo

Este es el punto donde más se equivocan los usuarios, y también las facturas que reciben.

La revisión o mantenimiento de la caldera depende del RITE, la encarga el titular de la instalación y la ejecuta una empresa mantenedora habilitada. Afecta al aparato: combustión, estanquidad, vaso de expansión, elementos de seguridad, evacuación de humos.

La inspección periódica de la instalación receptora de gas depende del Real Decreto 919/2006, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11. Afecta a la instalación: tuberías, llaves, conexiones, ventilación y estanquidad.

El propio reglamento distingue los términos en su artículo 7.2. Cuando el control se realiza sobre instalaciones alimentadas desde redes de distribución se denomina inspección periódica; en cualquier otro caso, revisión periódica.

ConceptoNormaPeriodicidadQuién la promueve
Revisión de la caldera RITE (RD 1027/2007, mod. RD 178/2021) Según tabla 3.1 El titular de la instalación
Inspección de la instalación de gas canalizado RD 919/2006, ITC-ICG 07 ap. 4.1 5 años Distribuidora o empresa instaladora habilitada
Revisión de instalación de GLP (bombona o depósito de un solo usuario) RD 919/2006, ITC-ICG 07 ap. 4.2 5 años El titular, contratando empresa instaladora habilitada

Dos precisiones frente a la información que circula en la red. La revisión de las instalaciones de butano y propano es cada cinco años, no cada cuatro. Y en el País Vasco el plazo también es de cinco años: el intervalo de cuatro años procedía del Decreto 28/2002, expresamente derogado por el Decreto 125/2016, de 6 de septiembre (BOPV de 13 de septiembre de 2016), cuyo artículo 3 fija la inspección o revisión cada cinco años y alinea Euskadi con la norma estatal.

Conviene añadir que, desde la modificación del apartado 4.1 de la ITC-ICG 07, la inspección periódica del gas canalizado puede realizarla la empresa distribuidora o una empresa instaladora de gas habilitada libremente elegida por el usuario. No es obligatorio esperar a que la distribuidora tome la iniciativa ni aceptar sin más la empresa que esta proponga.

Quién puede realizar la revisión de la caldera

El mantenimiento debe ejecutarlo una empresa mantenedora habilitada, inscrita ante el órgano competente de la comunidad autónoma mediante declaración responsable. El término correcto es habilitada: desde la adaptación del RITE a la Ley 17/2009 ya no existen las antiguas "empresas autorizadas" ni ninguna figura de empresa "certificada". El titular elige libremente entre estas opciones:

Servicio Técnico Oficial del fabricante

Aporta conocimiento específico del equipo, recambios originales y trazabilidad de la garantía. Es la opción habitual mientras el aparato está en periodo de garantía y para calderas con electrónica propietaria.

Servicio contratado a través de la comercializadora de gas

Es cómodo porque el aviso y el cobro se integran en la relación con la compañía. Conviene tener presente que se trata de un servicio comercial voluntario, no de la obligación reglamentaria: el contrato de mantenimiento no sustituye al deber legal del titular, y sus coberturas —mano de obra, piezas, tiempos de respuesta— varían mucho de una oferta a otra.

Empresa mantenedora independiente

Cualquier empresa habilitada puede prestar el servicio. En el caso concreto de aparatos a gas, el personal que realice las operaciones de puesta en marcha, mantenimiento y reparación debe cumplir además los requisitos de habilitación profesional en materia de gas previstos en el RD 919/2006.

En instalaciones de hasta 70 kW existe obligación de mantenimiento, pero no de suscribir un contrato de mantenimiento: basta con encargar las operaciones a una empresa habilitada dentro del plazo. El contrato solo es preceptivo por encima de 70 kW.

Si necesitas un profesional mantenedor,
PIDE PRESUPUESTO sin compromiso para realizar la revisión de tu caldera.

Qué documentación queda tras la revisión

Toda instalación térmica debe disponer de un registro de las operaciones de mantenimiento, que forma parte del Libro del Edificio cuando este exista. El titular es responsable de conservar la documentación de todas las actuaciones —mantenimiento, reparación, reforma e inspecciones— durante al menos cinco años.

Cuestión distinta es el certificado de mantenimiento anual del artículo 28 del RITE: solo resulta exigible en aquellos casos en que es obligatorio suscribir contrato de mantenimiento, esto es, por encima de 70 kW. En una caldera doméstica el técnico entregará justificante de las operaciones realizadas y, habitualmente, dejará una etiqueta adherida al aparato con la fecha; ese justificante es el documento a conservar.

Instalaciones de más de 70 kW: inspección de eficiencia energética

Además del mantenimiento, el RITE impone inspecciones periódicas de eficiencia energética. Aquí el RD 178/2021 introdujo un cambio de calado: el umbral pasó de 20 kW en calefacción y 12 kW en frío a más de 70 kW en ambos casos.

Están sujetos los sistemas de calefacción, las instalaciones combinadas de calefacción y ventilación y las de ACS con generadores de potencia útil nominal superior a 70 kW —quedando excluidos los destinados únicamente a ACS de hasta 70 kW—, así como los sistemas de aire acondicionado por encima de ese mismo umbral. La periodicidad es de cuatro años (IT 4.3.1 e IT 4.3.2).

La potencia no se evalúa equipo a equipo. Según la nota aclaratoria del Ministerio para la Transición Ecológica de 7 de marzo de 2022, se suman las potencias de los generadores que forman parte del mismo sistema cuando están relacionados entre sí: conectados hidráulica o frigoríficamente, compartiendo chimenea en la misma sala de calderas, en cascada modular, o climatizando el mismo espacio bajo un mismo titular. Dos calderas de 40 y 35 kW conectadas al mismo colector sí están sujetas a inspección.

Hay dos previsiones adicionales que suelen pasarse por alto. Cuando la instalación supera los quince años de antigüedad y los 70 kW, procede una inspección de la instalación térmica completa (IT 4.2.3). Y la IT 4.3.4 recoge exenciones para instalaciones cubiertas por contratos de rendimiento energético y para edificios dotados de sistemas de automatización y control que cumplan la IT 1.2.4.3.5.

Seguridad: monóxido de carbono y calderas de cámara abierta

Más allá del rendimiento, la razón de fondo de la revisión es la seguridad. Una combustión deficiente o una evacuación de humos obstruida pueden generar monóxido de carbono, un gas incoloro e inodoro. Por eso la revisión incluye el análisis de combustión y la comprobación del circuito de humos y la chimenea.

En este terreno el RD 178/2021 introdujo una restricción relevante: queda prohibida la instalación de calderas y calentadores a gas de hasta 70 kW de tipo B —los de cámara de combustión abierta, que toman el aire del propio local— salvo que se ubiquen en locales que cumplan los requisitos de sala de máquinas o, en el caso de los calentadores, en zona exterior conforme a la norma UNE 60670-6. La prohibición no afecta a los aparatos tipo B3x. Si tu equipo es de cámara abierta y está en un espacio interior, la sustitución por uno estanco es la vía recomendable en la próxima renovación. Puedes valorar las alternativas en nuestra comparativa entre aerotermia y caldera de condensación.

Cuánto cuesta la revisión de la caldera

El precio es libre. Conviven dos modelos: el pago por servicio puntual y el contrato anual de mantenimiento, que suele incorporar mano de obra, asistencia prioritaria y, según la modalidad, cobertura de piezas. Antes de contratar conviene comparar qué incluye exactamente cada oferta —desplazamientos, piezas, número de asistencias, exclusiones por antigüedad del equipo— porque la horquilla de precios refleja sobre todo diferencias de cobertura.

Cómo detectar un fraude en la revisión de la caldera

Se repiten cada temporada los casos de falsos técnicos que se presentan sin cita previa, alegan una "revisión obligatoria" inminente y cobran en el acto. Señales de alerta:

  • Se presentan sin aviso previo. Ni la distribuidora ni una empresa mantenedora aparecen sin concertar visita; la inspección periódica del gas se comunica con antelación.
  • No se identifican ni acreditan la empresa habilitada para la que trabajan. Puedes exigir identificación y contrastarla llamando a la empresa.
  • Presionan con la amenaza de un corte de suministro inmediato o de una sanción en el acto.
  • No entregan documentación de las operaciones realizadas, o entregan un documento sin datos de la empresa ni número de registro.
  • Detectan una avería grave y exigen una reparación cara en el momento, sin presupuesto por escrito.

Ante la duda, no franquees el paso, verifica la habilitación de la empresa ante el órgano competente de tu comunidad autónoma y solicita siempre presupuesto y justificante por escrito. Recuerda que la manipulación de una caldera por personal no habilitado puede provocar accidentes graves.

Si necesitas mantenimiento para tu caldera, consulta a los expertos de:
Logo Junkers Bosch, servicio oficial de mantenimiento de calderas

Preguntas frecuentes sobre la revisión de la caldera de gas

¿Es obligatoria la revisión de la caldera de gas?

Sí. El RITE obliga a mantener las instalaciones térmicas y el responsable de que se realice es el titular de la instalación, que debe encargarla a una empresa mantenedora habilitada dentro del plazo que le corresponda.

¿Cada cuántos años hay que revisar una caldera de gas doméstica?

Cada dos años en el caso de calderas murales a gas de hasta 70 kW instaladas en vivienda. En otros usos, anualmente. Una caldera de pie o de otro combustible se revisa cada año también en vivienda.

¿La revisión de la caldera y la inspección del gas son lo mismo?

No. La revisión de la caldera depende del RITE y la encarga el titular. La inspección de la instalación de gas depende del RD 919/2006 y se realiza cada cinco años.

¿Cada cuánto se revisa una instalación de butano?

Cada cinco años, conforme al apartado 4.2 de la ITC-ICG 07. Es responsabilidad del titular contratar una empresa instaladora de gas habilitada.

¿En el País Vasco la revisión es cada cuatro años?

No. El Decreto 125/2016 derogó el plazo anterior de cuatro años y fijó la inspección o revisión de las instalaciones receptoras de gas cada cinco años.

¿Quién debe solicitar la revisión de la caldera?

El titular de la instalación, sin esperar a que le avise ninguna empresa. La obligación es suya aunque tenga contratado un servicio de mantenimiento.

¿Cuánto tiempo hay que guardar el justificante de la revisión?

Al menos cinco años. El titular debe conservar la documentación de todas las actuaciones realizadas sobre la instalación.

Modificado por última vez enMartes, 25 Agosto 2026 15:00

¿Te ha resultado útil? Compártelo

volver arriba

Búsquedas de Interés

Síguenos en Redes