UNESID alerta que la clasificación incorrecta de tubos de acero puede tener importantes consecuencias económicas
- Escrito por Idoia Arnabat CALORYFRIO
La Unión de Empresas Siderúrgicas (UNESID) recuerda la importancia de clasificar correctamente los productos siderúrgicos conforme a la normativa aduanera de la Unión Europea y advierte de que la entrada en funcionamiento del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM) incrementa las consecuencias económicas derivadas de una eventual clasificación incorrecta de las mercancías.

En los últimos meses se han detectado en distintos Estados miembros casos en los que determinados tubos de acero de gran diámetro destinados a obras de cimentación y otras aplicaciones industriales han sido declarados como estructuras para construcción. Esta clasificación resulta incompatible con el criterio establecido por una Información Arancelaria Vinculante (IAV) de la Unión Europea, vigente desde agosto de 2025, que determina que estos productos deben clasificarse como tubos soldados de acero de gran diámetro (Fuente: European Binding Tariff Information (EBTI), Comisión Europea). Esta situación se suma a otros casos detectados en tubos destinados a estructuras para seguidores solares, sobre los que UNESID ya había trasladado su preocupación a las autoridades competentes.
La correcta clasificación arancelaria constituye una obligación legal cuya aplicación resulta esencial para garantizar el buen funcionamiento del mercado interior, la seguridad jurídica de los operadores y unas condiciones de competencia equitativas entre todos los importadores. En este contexto, UNESID considera esencial que estos criterios se apliquen de forma homogénea en todos los Estados miembros.
La entrada en vigor del CBAM refuerza la importancia de una correcta clasificación. Su aplicación modifica significativamente las consecuencias económicas asociadas a la clasificación arancelaria de determinados productos.
De acuerdo con los valores por defecto de emisiones para el CBAM, la intensidad atribuida a las estructuras para construcción es considerablemente superior a la correspondiente a determinados tubos de acero. Por ejemplo, los valores por defecto de las estructuras de China o Turquía son casi 4 toneladas de CO2 más que los de los tubos. Utilizando dichos valores por defecto y tomando, únicamente como hipótesis ilustrativa, un precio del carbono de 80 €/tCO₂, la diferencia en las obligaciones CBAM puede situarse en torno a 300 euros por tonelada (Fuente: Valores por defecto CBAM y precios publicados por el European Energy Exchange).
La normativa CBAM permite sustituir los valores por defecto por emisiones verificadas. Sin embargo, este procedimiento continúa planteando importantes dificultades prácticas, ya que las autoridades europeas aún no han completado el desarrollo del sistema de acreditación necesario para verificar las emisiones correspondientes al ejercicio 2026. Además, en el caso de los fabricantes de tubos, resulta necesario disponer también de información verificada sobre las emisiones asociadas al acero utilizado como materia prima, lo que incrementa la complejidad del proceso.
Aplicación homogénea de la normativa europea
"La correcta clasificación de las mercancías constituye un requisito esencial para garantizar el cumplimiento uniforme de la normativa europea. La entrada en funcionamiento del CBAM refuerza la importancia de aplicar de forma homogénea los criterios arancelarios establecidos por la Unión Europea, contribuyendo así a preservar la seguridad jurídica y unas condiciones de competencia equitativas para todos los operadores." Alfonso Hidalgo de Calcerrada, Director de Economía de UNESID
Paralelamente, la Comisión Europea ha iniciado el procedimiento previsto en el Reglamento del Instrumento Europeo del Acero para estudiar la posible incorporación de nuevos productos transformados al ámbito de aplicación de las medidas de defensa comercial.
Entre los productos objeto de análisis figuran las estructuras para construcción (código NC 73089098), cuyas importaciones en la Unión Europea alcanzaron aproximadamente 1,6 millones de toneladas en 2025, según datos públicos de comercio exterior, lo que representa un volumen 2,5 veces superior al registrado en 2019 y aproximadamente el doble del observado en 2021 (Fuente: Eurostat, COMEXT). Esta evolución pone de manifiesto la importancia de garantizar una clasificación arancelaria correcta y una aplicación homogénea de la normativa en todos los Estados miembros.
UNESID continuará colaborando con las autoridades españolas y con las instituciones europeas para favorecer la correcta aplicación de la legislación vigente y contribuir a preservar unas condiciones de competencia leal en el mercado europeo del acero.
¿Te ha resultado útil? Compártelo
Artículos relacionados
- Instalaciones contra incendios: tipos de tuberías y materiales
- ¿Tubería de acero inoxidable o PP-R, multicapa o PEX? Comparativa de materiales para instalaciones hidro-sanitarias
- Nueva gama de conexiones flexibles para agua y gas CONNECTORS de Genebre
- Aislamiento de tuberías de acero inoxidable ¿por qué, cuándo y cómo deben protegerse las tuberías?
- El acero inoxidable, el sistema Pressfitting y sus aplicaciones




